El Comité de Gestión de Activos y Pasivos (en adelante “El Comité”) es un comité que responde por la toma de decisiones en área de los negocios (en los asuntos de su competencia), y por la elaboración de propuestas para la Junta Directiva del Banco sobre los asuntos que se deciden por la última. El Comité responde ante la Junta Directiva del Banco.
El Comité ejercerá las siguientes funciones:
El Comité cumplirá las siguientes obligaciones básicas:
El Comité sesionará a medida que sea necesario, pero no menos que una vez al mes.
Los miembros del Comité serán los siguientes funcionarios:
Primer Vicepresidente – Vicepresidente de la Junta Directiva que atienda las áreas de Tesorería, Manejo de Riesgos, Finanzas y Planificación (Presidente del Comité);
Vicepresidente Senior – Miembro de la Junta Directiva que atienda las áreas de Finanzas y Planificación;
Director de Tesorería;
Director de Riesgos y Análisis;
Vicepresidente Senior que atienda las dependencias comerciales;
Director de Financiamiento Estructurado y Crédito Sindicado.
El quórum en las sesiones será constituido por 4 miembros del Comité, uno de los cuales, a título obligatorio, deberá ser el Director de Riesgos y Análisis o su vice.
Los miembros del Comité deberán nombrar a sus vices para asistir a las reuniones en caso de su ausencia.
El Presidente del Comité nombrará al secretario permanente del Comité y su vice (sin derecho a voto).
Los miembros de la Junta Directiva que no sean miembros del Comité, podrán asistir a todas sus reuniones, sin derecho a voto.
Para debatir determinados temas, podrán ser invitados para asistitir a las reuniones los jefes de diferentes dependencias del Banco.
La votación de los asuntos elevados a la consideración del Comité de Gestión de Activos y Pasivos podrá realizarse en transcurso de una sesión presencial del Comité, por votación en ausencia (votación por correspondencia) o a travéz de votación electrónica en el sitio web.
Las decisiones se adoptarán por mayoría simple de votos. En caso de empate en votos, el voto del Presidente del Comité será decisivo.
Mensualmente, el secretario del Comité elaborará la agenda de la reunión y recopilará los materiales informativos. La agenda de la reunión y los documentos informativos se enviarán a los miembros del Comité, a más tardar dos días antes de la reunión. La agenda de la reunión y los documentos informativos se enviarán también a los miembros de la Junta Directiva que no sean miembros del Comité.
Todos los documentos presentados deberán ser plenamente discutidos entre las partes interesadas antes de su elevación a la consideración del Comité, y deberán contener respectivas recomendaciones para la adopción de decisiones por el último. El Presidente del Comité podrá rechazar documentos que, a su criterio, no reunan los requisitos establecidos.
El Secretario levantará las actas de reuniones. Los borradores de actas y sus versiones finales se remitirán a los miembros del Comité.
Por instrucciones del Presidente del Comité, el Secretario presentará a la Junta Directiva una nota informativa trimestral sobre las actividades del Comité.